En el dinámico panorama comercial colombiano, la marca se erige como un distintivo esencial para la diferenciación y reconocimiento de productos y servicios en el mercado. La legislación colombiana, bajo el principio de que cualquier signo capaz de distinguir productos o servicios puede constituir una marca, destaca la importancia de este elemento en el ámbito empresarial.
Protección Legal y Penal.
El registro de marca en Colombia no solo fomenta el reconocimiento y la memoria en los consumidores, sino que también brinda a los propietarios un derecho exclusivo sobre su marca. La comisión de la comunidad Andina en la Decisión 486 establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial[1]. El Código Penal en su artículo 285[2], penaliza la falsificación de marcas, garantizando así la integridad y autenticidad en el mercado.
Artículo 285. Falsedad marcaria: El que falsifique marca, contraseña, signo, firma o rúbrica usados oficialmente para contrastar, identificar o certificar peso, medida, calidad, cantidad, valor o contenido, o los aplique a objeto distinto de aquel a que estaba destinado, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses y multa de uno punto treinta y tres (1.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Si la conducta se realiza sobre sistema de identificación de medio motorizado, la pena será de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses de prisión y multa de uno punto treinta y tres (1.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Tipos de Registro y Proceso.
Existen dos registros fundamentales para proteger legalmente una marca: el registro mercantil ante la Cámara de Comercio y el registro marcario ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El primero posibilita el reconocimiento de la personería jurídica de las empresas o, en el caso de personas naturales que buscan preservar su condición, la identificación como personas naturales comerciantes. Mientras que el segundo, está exclusivamente a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Ahora bien, aquellas personas naturales o jurídicas interesadas en registrar una marca deben iniciar con una búsqueda de antecedentes marcarios, esta fase implica identificar si existe alguna marca registrada con características idénticas o similares a la nuestra. Una vez confirmada la ausencia de registros similares, se procede a la solicitud formal ante la SIC, que se realiza a través de su página web.
Exclusividad y Recursos.
La exclusividad otorgada por el registro de marca permite a los propietarios utilizarla como una herramienta estratégica para construir reputación y desarrollar estrategias comerciales impactantes. Además, la posibilidad de presentar recursos, como la apelación, brinda a los interesados la oportunidad de defender su registro.
Tiempo de protección de marca.
Es esencial reconocer que la protección de una marca se limita al país de registro, requiriendo registros separados en cada país de interés. En nuestro país el registro de marca cuenta con una protección jurídica de 10 años, renovable por períodos iguales. El proceso de renovación de la marca se efectúa mediante una solicitud que debe realizarse en los seis meses previos a la expiración del registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio. En caso de no realizar este trámite en el plazo establecido, la entidad otorga un “periodo de gracia” de seis meses posteriores al vencimiento de la marca. Durante este periodo, es posible llevar a cabo la renovación, abonando simultáneamente el recargo correspondiente.
El Rol Crucial en el Sector Salud:
En el sector salud, el registro de marca adquiere una relevancia aún mayor. La diferenciación y la reputación se vuelven vitales, destacando a proveedores de servicios y productos en un entorno competitivo. La confianza del cliente o usuario se consolida al asociar una marca registrada con estándares de calidad, eficacia y seguridad.
Es por esto, que la diferenciación a través del registro de marca se convierte en un activo invaluable. Permite a las instituciones prestadoras de servicios de salud destacarse entre la competencia, generando confianza y credibilidad entre los usuarios. La construcción de una sólida reputación es esencial para ganar la preferencia del público y establecerse como referente en el sector.
Uno de los puntos relevantes del registro marcario es la protección que le brinda a la propiedad intelectual en un entorno de constante innovación en el que se presentan infinidades de nombres similares que pueden llegar a confundir a los consumidores sobre la autenticidad y calidad de los servicios o productos de salud, esta situación sin duda podría llegar a comprometer su integridad. Por tanto, uno de los principales objetivos del registro es permitir que los proveedores de servicios o productos farmacéuticos puedan destacarse entre la competencia generando confianza y credibilidad contribuyendo así a la transparencia en un ámbito que debe representar estándares de calidad.
Así mismo, se destaca que una marca sólida no solo aumenta el valor comercial de una empresa en el sector salud, sino que también facilita asociaciones estratégicas con otras entidades médicas y proveedores de servicios de salud. Estas alianzas fortalecen la posición de la institución en el mercado, permitiendo un enfoque colaborativo para abordar desafíos y ofrecer soluciones integrales a los pacientes.
Para concluir, el registro de marca no es simplemente un proceso legal, sino una estrategia vital para construir y mantener una presencia distintiva en el mercado colombiano. En el sector salud, su importancia se multiplica, contribuyendo a la diferenciación, la protección de la propiedad intelectual, la generación de confianza y la construcción de una sólida reputación en un entorno altamente especializado y sensible.
El impacto del registro de marca en las instituciones de salud va más allá de la esfera comercial, es decir, si bien es importante el registro marca para temas legales, de alianzas o de prestigio, este también se convierte en un garante de la calidad y confianza en la prestación de servicios médicos. Además, abre la puerta a colaboraciones estratégicas que fortalecen la capacidad del sector para enfrentar los desafíos cambiantes y mejorar continuamente la atención a los pacientes.
En este contexto, el proceso meticuloso y estricto de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para el registro de marcas en el sector salud adquiere un significado profundo. No solo se trata de obtener un título legal, sino de establecer un compromiso con la excelencia, la transparencia y la responsabilidad en la atención médica.
Finalmente, el registro de marcas en Colombia se ha convertido en un pilar clave para proteger y fortalecer la identidad empresarial en un mercado cada vez más competitivo y dinámico. Garantizar la singularidad de un nombre, logo o producto, no solo garantiza la credibilidad de la marca, sino que también aumentará la confianza del consumidor. Este proceso no solo se traduce en la defensa de la propiedad intelectual, sino también en la creación de un entorno propicio para el crecimiento y la expansión empresarial. En un entorno donde la diferenciación es clave, el registro de marca se erige como un elemento esencial que no solo resguarda la inversión de la empresa, sino que también potencia la imagen y reputación de las entidades en el mercado colombiano.
Realizado por:
Erika Garrido
Consultor legal GONZÁLEZ PÁEZ ABOGADOS S.A.S.
[1] Decisión 486 Régimen Común sobre Propiedad Industrial
[2] Código Penal Colombiano articulo 285. Falsedad marcaria